La Republica. (Chihuahua, Mexico), Vol. 1, No. 11, Ed. 1 Friday, March 29, 1867 Page: 2 of 4
This periodical is part of the collection entitled: Periódico Oficial de Chihuahua and was provided to The Portal to Texas History by the University of Texas at El Paso.
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bien dispuesta comide, en m"0 se
dijeron brindis many adecuados 4 ia
altanelon y ea que se ermoraron en
manifestar sn alta e timadion ak
mencionados Sres. Urquidi, el Pre
vidente de la Repáblice sus dignos
Ministros y el C. Gobernador del te
tado. En elogio del mismo Estado,
volvieron á ospresame los viagores
de la manera mía estisfactoria pare
%‘A
LA REPUBLICA.
GOBIERNO GENERAL
SECRETARIA DE ESTADO
y o pusracno DE #t»*aA T Maarya
SaccIoN 2.1
CIRCULAR.
ABENITOJUAREZ, Presidente cons a la de los que salieron voluntariamnente sin
titucional de los Estados- Unidos Me ninguna licencia del gobierno. ,
micanos, 4 todos sus habitantes, sabed: Unos y otros, han abandonado, la causa
do la República en In época del infortunio.
Que en uso de las amplias facultades han abandonado tambien sus banderas en el
de que me hallo investido, he teni tiempo del peligro, y se han hecho deserto,
do á bien decretar lo siguiente: tores del ejército en frente del enemigo.
A pesar de esto, se ha notado que algunos,
Art. 1.* serán considerados como cuando miraban circunstancias mejores, ú
reos de traición y sufrirán la confis cuando calculaban que pronto pulieran ser
cacion de sus bienes, á inas do las mas favorables, han vuelto ú presentarse en
Siendo muy importante para la re
forma del Ejército Nacional, la “b ........ ____________
servancia estricta de las disposicio otras penas que las loyes fijan á este eh territorio de la República, queriendo figa-
roua nes supremas, espedidas durante la * * -------1 do entes tanian an al e-
Km hijos de aquel vlvietdied en campaña contra la intervención ex
prender la marcha para ta villa Co- trangera y demas leyes militares vi
rosado, 4 la que se arribó * la puesta gentes, relativas a los deberes de los
del sel, acompañando • la comitiva, que sirven en tan bourrosa carrera,
calidad buéspedes desde la ya para la justa distinción que debe
hacerso entre los servidores á quie
nes nada ha arredrado para llenar sus
obligaciones, y aquellos que abando
hacienda de Rio- florido, situada en naron sus banderas, que han vivido
ha propia villa Coronado, el Sr. D. en país ocupad por el enemigo, ó
Francisco Urquidi y el Sr. Lic D.
Manuel Mutica. La llegada se veri-
delito: * ! rar con el carácter que antes tenian en el e-
1. Los funcionarios públicos de la jército.
intervencion, con sueldo ó sin él. ! Se ha pulsado colorees el inconveniente;
11. Los empleados de la misma en de qne dende ántes de ser colocados, alega,
el órden civil, municipal ó militar, y ban los derechos, la antigüedad y las demas
los agentes ó comisionados en cual prerrogativas de la graduación que tuvieron;
quiera de esos ramos. No se incide y aun el mayor inconveniente, de que hayan
en responsabilidad por servicios pres querido colocarse, y tener la superioridad y
tados en la educacion primaria, ni preferencia do su antigua graduacion, sobre
por los gratuitos hechos á la benefi los beneméritos militares que, sin retraerse
— —r ■.cencia pública, por Im circunstancias adversas, y sin pospo.
bier de los que s. han marchado n, III. Los funcionarios del urden her los intereses do la patri: 4 los calculos
extranjero, 6 residido an d indican constitucional por el simple hecho personales, han estado defendiendo constan-
======= - =========
eular para que toniéndolas presentes plazo que selles fij„ Su imposibilidad tas armas de la República, que en todo tiem-
naqu, . .cutsou .. cuau las autoridades y gefes á quienes cor- para cambiar do residencia. P°- y mas en las épocas de_ desgracia, no
oriatioal W itoclonad. haciendo responda, cuiden de su cumplimien-IV. Los empleados público, de pueden estar bien confiadas, sino al pair.ot.s-
PrnCPN . . 4 to; en el concepto do que, cualqnie- cualquier ramo que, sin el permiso mo, •) valor, á la constancia, yá la abnega-
en quefeé hespedado con sus Ninis- raadmision que se hubiere hecho en autes referido, se quedaren en los cion, quedasen mal confiadas a los que, aca-
tros el C. P’rgai lente de 1.» Repibti el servicio, de individuos comprendí nismos lugaree, salva la escepcion bando de abandonar una res á la patria ca
ca; habiéndoseles obsequiado con una dos en las disposiciones insertas, de-que determina la fraccion preceden- peligro, debería temerse que cuando creye-
espléndida cena y una serenata que be estimarse como en la clase de sim te ran que les convenía, volviesen otra ves a
auto b asta noche recibiendo ples voluntarios, que por hallarse v. I os que reciban subvenciones abandonaría.
1 1 Sapitmo de, comprendidos en las citadas disposi- títulos, ó condecoraciones del gobier- Por estos graves motivos, siendo el interés
, por de ciones perdieron los empleos que an no frances, 6 del llamado gobierno de la causa de la independencia superior á
ciclo así, los ultimes bomenages de tes obtonian y están sugetos á las o-de la intervención 6
respetuoso cariño y simpatías, de las tras penas que la» leyes vigentes de VI. Los que con sus escritos la
autoridades locales y vecinos de la marcan, hasta, que el Supremo Go- 1 defiendan y procuren la destrucción
última población de alguna importan bierno, informado de las circunstan- de las instituciones nacionales.
sin da Estado do Ghibunlun. füsinane ianocquen. . Vic los etr angseros que nor eu
BI... 1, saliendo 4 les ocho d, cano; y con conocimiento de los ser- 0 coa Tos traidores inadios anyol "que
la m Sana de la V illa Coronado se vicics que hayan prestalo nnevamen brantaren en daño de la República Ó para haber salido de la República, nef como
llegó a las tres de la tarde ú la Ha- tense digne concederles gracia de de su legítimo gobierno, la neutrali tambien, los que habiendo obtenido licencia
cienda de in Parida, de que es due- comiant , da n dad a que están obligados. del gobierno para pasar de tránsito por el
No el mencionado Sr. D. Vicente Pan- penisted And T TE ri . VIII. En general todos los que exterior, con objeto de dirigirse 4 otros pun-
corbo, quien con sus compañeros de hallen comprendidas en las disposi- sirvan 6 auxilien directa 6 indirecta- tos del territorio nacional; hayan permane-
viage los Sres. Urquidi y Muion ta ciones referidas, no se les expidan mente á la causa de la intervencion ecido en el estrangero despues de cuatro me-
1a atencion G. salvo- conductos por las antoridrde: |..................................ses de haber salido de la República, luego
une de aso , X militares, . civiles, y que los que sel.........................,........que se presenten en algun lugar de élla, se-
pesendoridei Estado y a lis demas expidan 6 se hayan expedido, se con..................................rán reducidos á prision por la primera auto-
personas gu se propusieron llegar sideren do ningun valor, pues esta |......................:........ridh d política ó militar de cualquiera punto
con el primer Magistrado de la Re- facultad solo corresponde al Supre-T.........................** * * en que estuvieren, dandose cuenta al gobier-
pública hasta la linea divisoria del mo Gobierno, en virtud de sus am i Por tanto mando se imprima pu- no, a fin de que disponga lo conveniente para
otd por no salo listo ------YScomulncoa y. para .cono-blique arcmle F 2o Te s.pai acule 152e pcnace enuomdana.
adelante al mi mo C. Gobernador cimiento y lines consiguientes. cumplimiento. Palacio del gobierno cable la anterior prevención, 4 los benemeri.
La noche de esto ultimo dia de ren Liber tad y Reforma. San Luis Po 1 federal en. Sanauimis Potosí .1.16, de tos generales, gefes y oficiales, que hayan
nion se pisó como en una hacienda tosí, Marzo 7 de 1867.—Dejia. Aenite de -
de campo, y bajo la impresión mor
tificante que era muy general y ma-
tifiueta, de hn próxima separacion, I
El dia 18 do Diciembre de 1566,
que seri de indeleble memoria pars
todes los individuos que formaban
hss comitivas del C. Presidente y del
Gobernador del Estado, cosa , *— otu - wAVAUACLWVI
a , A del Supremo Gobierno que algunos
: del Amna y de aquella par- CO. generales, gefes y oficiales sepa-
e del arroyo de da Parida, se des- rindose del ejército y faltando á “su
montaron el C. Presidente, sus Mi- honor y su deber, han quedado sin y DEL DESPACHO DE GUERRA Y MARISA. 31 de 1865.-Mariano Dinz, Oficial mayor,
nistros, el Gobernador del Estado y su permiso en puntos ocupados por —C. Comandante Militar del Estado de
todos en general, a darso el abrazojel enemigos el C. Presidente dispone. BECCIOS 2.2 . .....
* pin m-h- pellines: cacito Cen... ea .c.sicatode
- -*-*= 2-222====KVAd 2= ===== a. uIxstamo DE cuzma * Xanixa.
mente doloroso, por que basta para Que diga qué generales. gefes y ofi-ejército de la Repúllies, si bien para honra SECCION 1.5
formar idea de el, haber conocido las cinles sabe, se encuentren en este ca- de ella en corto número, se han ido volun-
sites prendes ad primer Nagietreda gbondetnrar pdoni/c 2/homor al. ariomemss: prmees ma --
de la Rep iblica de sus recomenda- esos malos mexicanos y el Ejército durante la guerra actual, sin licencia ni co-
bles Ministros, y en general de to- sapa que no pertenecen ya á él. Ton el, E0 terno. .
das las respetables 2. Independencia. Libertad y Refor- |. Entre ellos, algunos manifestaron qae po-
ndompnnX Personas los ma. San Luis Potosí A gosto 6 de driantener que pasar por exterior, pora
abren larga mansion en 1863.—Berrionibal.—C. General en dirigirse con mayor facilidad, prontitud y
• F tas simpatías, adehesion gefe del Ejército de Operaciones.— seguridad, * cumplir sus deberes militares Que en uso de las amplias Facultades
y amistad que supieron granjearse Querétaro. en otros puntos de la República, con cuyo ′ 1e
y que ls profesarán perpetuamente An, pidieren, s el gobierno les concedió li
los idividn fe tisis che. a.
′ *Xnd deske ei Goberond r del
diinio de sus habt
15 Por eofee que la profun
sdtiw por la despedi
Pee g"e Bbemncs estuvo
hacienda de la Coacopcion, los Sres.
D. Vicente Pancorbo, dueño do la
Sieó, como siempre, ca medio de un
concurso numeroso de espectadores
do ambos sexos y bajo arcos y co’ga
duras preparados con bastante ele-
gaacia, cátándolo tambien la
casa
ran que les convenía, volviesen otra vez á
Por estes graves motivos, siendo el interés
cualquiera otra consideración, el C. Presi-
dente de la República ha tenido á bien acor-
dar, que se circulen a todas las autoridades ci-
viles y militares las prevenciones siguientes
1: Loe generales, geles y oficiales que
vengan del estrangero sin presentar la licen-
cia espresa que hayan tenido del gobierno
Por tanto, mando se imprima, pu-
blique, circule y se le dé el debido
cumplimiento. Palacio del gobierno
¡federal en San Luis Potosí, a 16 de
Agosto de 1863.—lienito Juarez.— 1 -
u C. Juan A. de la Fuente, ministro sido, ósean deportados por el enem g, fue-
le relaciones exteriores y goberna- | ra de laRepública, y que habiendo perma-
cion. necido fieles * ella, puedan volver á prestar-
le sus servicios sino que al contrario, debo-
Y lo trascribo á V. para su inteli- rán ser dignamente atendidos y considerados.
Y DEL DESPACHO DE GUERRA Y MARINA, gencia v cumplimiento. Lo comunico 4 V. para los fines consi-
San Luis Potosí, Agosto 16 de 1863. guientes, y lo trascribo al Ministerio de guer-
SECCION 2.* | —Fuente.—C. Gobernador del Esta-
SECRETARIA DE ESTADO
. , „ , do de...
Habiendo llegado á conocimiento
ra, para que por su paite lo comunique á las
autoridades militares.'’-Y lo trascribo 4 V.
SECRETARIA DE ESTADO
con el objeto indicado.
Y lo traslado á V. para su cumplimiento
en la parte que le corresponde —Indepen-
dencia y Libertad. Paso del Norte, Octubre
—C. Comandante Militar dal Estado de.....
El C. Presidente de la República se ha ser-
vido dirigirme el decreto que sigue:
-BENITO JUAREZ, Presidente Constitucio.
nal de los Estados- Unidos Mexicanos, a sus
habitantes, sabed:
de que
me hallo investido, he tenido 4 bien decre-
tar lo siguiente:
------- conoix, bajo el concepto espreso de que solo
, pudieran pesor de transito por phis estrange| Art. 1° Los militares que estan do den-
LEY DE 16 DE ACOSTO DE 1863. para irá prestar sus servicios en otros tro del territorio mexicano0. 1 *
egures del territorio nocional. Sin embar hayan desconocido 6 A 1
*r****=to DE ==ENctoRE= EF*R*= m. despues de trascuerie mucho mas tiem- bierno de. Repeiné, conocieren al go.
* *0****enox meiserhntiera sito mécient mal -I-dncido a a-nbedi déret"nt caches;
tan tier- El G. Presidente so ha servido diri masedrendcsesaidoper, por.ell mismo hocko quedan dedos de boje
girme el decreto que sigue: Ion quot W E esiangero, 3 n olejército, perdiendo el titulo, empleo 40
5 5 11199M9 * colocaran en eondicion igual carácter militar que hayan tenido.
los que hayan de-
por «I mismo hecho, quedan dados de baja
ve
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Chihuahua (Mexico : State). La Republica. (Chihuahua, Mexico), Vol. 1, No. 11, Ed. 1 Friday, March 29, 1867, periodical, March 29, 1867; Chihuahua, Mexico. (https://texashistory.unt.edu/ark:/67531/metapth1707833/m1/2/?q=%22~1~1%22~1: accessed July 16, 2024), University of North Texas Libraries, The Portal to Texas History, https://texashistory.unt.edu.; crediting University of Texas at El Paso.